La industria musical representa un sector de gran relevancia económica a nivel nacional y global. De acuerdo con el Global Music Report, publicado por la Federación Internacional de la Industria Fonográfica (IFPI), el mercado mundial de la música grabada registró en 2025 ingresos anuales por 31.7 mil millones de dólares, una cifra histórica y equivalente a una tasa de crecimiento anual del 6.4%, y en el que México se posicionó dentro del Top 10 de los mercados con mayor consumo de música a nivel global, con un crecimiento del 13.3% en ingresos relacionados a la industria sonora.
Sin embargo, debido a ese amplio impacto, la piratería también ha evolucionado constantemente dentro del entorno digital como consecuencia de los avances tecnológicos. De los mercados informales de discos físicos, pasamos a esquemas de distribución ilegales en el mundo electrónico, así como a la generación de contenidos que no cuentan con las autorizaciones debidas y que emplean inteligencia artificial como parte integral de sus recursos gráficos y audiovisuales.
Frente a esto, la industria musical ha llevado la defensa de sus derechos a distintos niveles.
La Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas (Amprofon), en su Reporte Música México 2025, señala algunos ejemplos recientes de controversias derivadas del uso indebido de inteligencia artificial en la industria. En 2023, las voces de Drake y The Weeknd fueron clonadas con inteligencia artificial para estrenar Heart on My Sleeve, una canción que generó 600 mil reproducciones en Spotify y 275 mil vistas en YouTube antes de que Universal Music Group la retirara de los servicios de streaming. Algo similar ya había pasado con la voz inconfundible de Jay-Z rimando clásicos de William Shakespeare, que dio lugar a diversos reclamos relacionados con derechos de propiedad intelectual.
Existen otras acciones legales emblemáticas relacionadas con la violación de derechos de autor, como la emprendida en junio del año 2024 por la RIAA (Recording Industry Association of America), en contra de dos empresas que generaban música mediante inteligencia artificial, por el presunto uso no autorizado de obras musicales protegidas, siendo esta una de las mayores acciones legales emprendidas contra la música generada por IA hasta la fecha.
La propiedad intelectual es un elemento fundamental para el desarrollo de la industria musical, al permitir que autores, intérpretes, productores y demás participantes de la cadena de valor puedan defender sus aportaciones, y a su vez, obtener un reconocimiento y una remuneración legítima por su intervención. Por ello, con la reciente conmemoración del Día Mundial contra la Falsificación y la Piratería el pasado 12 de junio, Arochi & Lindner, firma especializada en propiedad intelectual y derechos de autor, recomienda a artistas, sellos discográficos y plataformas digitales tomar medidas para proteger sus activos creativos.
Hoy en día existen herramientas que permiten identificar y rastrear música en plataformas digitales. Sistemas como Content ID de YouTube o tecnologías de monitoreo utilizadas por la industria ayudan a detectar usos no autorizados, ya sea en videos, redes sociales o incluso en transmisiones, permitiendo así solicitar la baja del contenido, o bien, en algunos casos lograr monetizarlo. Es importante reconocer que hoy en día es más frecuente la creación y distribución de contenidos que incorporan obras protegidas sin contar con las autorizaciones o licencias correspondientes.
Si una obra está siendo aprovechada sin autorización, es posible solicitar su eliminación de la plataforma donde esté disponible. Para ello, se recomienda siempre guardar evidencia de dicho uso no autorizado, a fin de que, de estimarlo pertinente, se puedan iniciar las acciones legales respectivas, incluida la búsqueda de una reparación del daño causado, en caso de ser aplicable. Por ello, es recomendable para los usuarios siempre utilizar plataformas de streaming y entretenimiento que cuenten con licencias vigentes de explotación de contenido, debiendo revisar su origen para evitar descargar, distribuir o lucrar con contenido protegido, sin su debida autorización.
La protección de los derechos de autor en la industria musical se sustenta en un marco regulatorio cada vez más robusto, con mecanismos específicos para combatir su aprovechamiento ilícito. Ejemplo de ello en México son las medidas consideradas en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) y la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), que permiten la suspensión de contenidos que infringen derechos de propiedad intelectual. Lo anterior, derivado del marco legal actual del T-MEC, ha reforzado las obligaciones en materia de observancia y protección de derechos de propiedad intelectual en entornos digitales.
De forma complementaria, la colaboración con las plataformas digitales ha sido clave para consolidar modelos de licenciamiento mediante acuerdos con sellos discográficos, editoriales y sociedades de gestión colectiva, permitiendo regular la distribución y monetización de la música en este tipo de entornos.
La explotación no autorizada de obras artísticas en entornos digitales, incluyendo aquella que puede producirse mediante herramientas de inteligencia artificial, es una práctica cada vez más frecuente. Además de afectar los derechos de sus titulares, estas conductas generan un impacto negativo en una industria que produce millones de empleos y una importante derrama económica.
De ahí que sea tan importante reconocer que compartir, reproducir o utilizar obras protegidas sin el consentimiento de sus titulares puede generar responsabilidades tanto legales, como sociales y económicas.
